Subvenciones para impulsar PYMES y la investigación
Objetivo de
Subvenciones para impulsar PYMES y la investigación
Ayudas para el Impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas. (TRADE) – Subvención a Fondo Perdido
Líneas:
Línea 1: Subvenciones para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental en Andalucía.
- Promover la investigación industrial y el desarrollo experimental en Andalucía, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía.
Línea 2: Subvenciones para proyectos de inversión de PYMES para el crecimiento y mejora de la competitividad en Andalucía.
- Apoyar el crecimiento, la mejora de la competitividad y la ampliación del tamaño de las medianas y pequeñas empresas y las microempresas con actividad económica en Andalucía.
Línea 3: Subvenciones para proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía.
- Apoyar la puesta en marcha de pequeñas empresas y microempresas en Andalucía.
Plazo de presentación:
- Pendiente de Convocatoria en Julio de 2024
Tipo de solicitante
Línea 1:
Las empresas con las siguientes formas jurídicas: sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
* Exclusivamente para proyectos en agrupación con PYMES podrán también ser beneficiarias las empresas NO PYMES con las siguientes formas jurídicas: sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
Línea 2:
La PYMES cuyos CNAE estén incluidos en el Anexo II de las Bases Reguladoras.
Línea 3:
Las pequeñas empresas y microempresas, excluidos los empresarios individuales o autónomos.
En qué consiste la ayuda
- Línea 1: El porcentaje de subvención a conceder dependerá del tamaño de la empresa beneficiaria y de la naturaleza del proyecto (individual o en agrupación):
– Micro y Pequeña: 45% individual, 50% agrupación
– Mediana: 35% individual, 45% agrupación
– No PYME: 25% agrupación - Líneas 2 y 3: El importe de las ayudas se determina mediante un porcentaje del presupuesto subvencionable, resultado de la suma de los costes subvencionables relativos a la inversión en activos materiales e inmateriales.
(La convocatoria podrá establecer límites mínimos y máximos.)
Qué gastos o acciones me cubre
- Línea 1:
– Gastos de personal.
– Costes de investigación contractual, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
– Costes indirectos en los que incurra el proyecto, que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa. - Línea 2
– Terrenos urbanos: la adquisición de terrenos urbanos necesarios para la implantación del proyecto.
– Naves y construcciones.
– Bienes de equipo de procesos, nuevos o usados, siempre que se adquieran en condiciones de mercado y reduciendo aquellos activos para cuya adquisición el transmitente hubiera recibido ayudas.
– Bienes de equipo auxiliares e instalaciones. En el caso de los elementos de transporte, solo serán subvencionables los elementos de transporte interior al recinto de la empresa.
– Equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC).
– Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
– El arrendamiento financiero de activos materiales. - Línea 3:
– Terrenos urbanos: la adquisición de terrenos urbanos necesarios para la implantación del proyecto.
– Naves y construcciones.
– Bienes de equipo de procesos, nuevos o usados, siempre que se adquieran en condiciones de mercado y reduciendo aquellos activos para cuya adquisición el transmitente hubiera recibido ayudas.
– Bienes de equipo auxiliares e instalaciones.
– Equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC).
– Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
– Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
– Planificación, ingeniería y dirección facultativa
Ámbito:
Plazo
01/07/2024