El Impuesto de Sociedades (IS) es uno de los pilares fundamentales del sistema tributario español. Afecta a todas las entidades jurídicas con personalidad fiscal propia —como sociedades anónimas, limitadas, cooperativas, fundaciones o asociaciones— que obtienen rentas en territorio español.
Su correcta gestión no solo implica cumplir con las exigencias legales, sino también optimizar la carga fiscal de manera estratégica, aprovechando deducciones y evitando sanciones. A lo largo de este artículo se analiza en profundidad cuándo se presenta el Impuesto de Sociedades, qué requisitos deben cumplirse y cómo preparar una declaración adecuada para no tener problemas con la Agencia Tributaria.
Plazos de presentación del Impuesto de Sociedades
Periodo impositivo
El periodo impositivo es el intervalo temporal durante el cual se genera el resultado económico de una entidad y sobre el que se calcula el impuesto correspondiente. Por lo general, coincide con el ejercicio económico, que suele ser de 12 meses y alinearse con el año natural: del 1 de enero al 31 de diciembre.
Sin embargo, existen excepciones. Algunas empresas, especialmente las que pertenecen a grupos internacionales, pueden establecer un ejercicio fiscal diferente, por ejemplo de julio a junio. Este periodo debe estar reflejado en los estatutos sociales y comunicado al Registro Mercantil.
En caso de constitución o disolución, el periodo impositivo será desde el inicio de actividad hasta el cierre acordado (o hasta la extinción de la sociedad). No puede superar los 12 meses y cada fracción computa como ejercicio individual.
📌 Importante: Este periodo es clave para determinar cuándo debe presentarse el impuesto. Todo parte del mes de cierre.
Plazo ordinario de presentación
Una vez finalizado el ejercicio fiscal, las empresas disponen de un plazo para preparar, cerrar y presentar su declaración. Según la normativa vigente, el Impuesto de Sociedades se presenta:
Dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
Esto se traduce, para ejercicios normales que terminan el 31 de diciembre, en un plazo del 1 al 25 de julio del año siguiente.
Por ejemplo:
Fecha de cierre | Presentación del IS |
31 de diciembre | 1 – 25 de julio |
30 de junio | 1 – 25 de enero |
31 de marzo | 1 – 25 de octubre |
Es fundamental tener estos plazos agendados, ya que la Agencia Tributaria no realiza recordatorios. Un error en la planificación puede derivar en sanciones automáticas.
Prórrogas y plazos especiales
No existen prórrogas automáticas para la presentación del IS, pero sí se dan situaciones en las que el plazo puede ajustarse:
- Entidades en proceso de liquidación: deben tributar hasta el momento de extinción efectiva.
- Transformaciones empresariales (fusiones, escisiones, absorciones): generan cierres anticipados de ejercicio, lo que modifica el calendario fiscal.
- Régimen de consolidación fiscal: los grupos de sociedades deben tener en cuenta plazos adicionales para el modelo 220.
Además, las entidades parcialmente exentas, como ONG o asociaciones culturales, pueden no estar obligadas si sus ingresos anuales no superan ciertos límites y no realizan actividad económica significativa.
Requisitos para presentar el Impuesto de Sociedades
Libros contables y registros obligatorios
El primer paso esencial para poder presentar el IS es disponer de una contabilidad ajustada a derecho, es decir, conforme al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad (PGC).
Los libros contables obligatorios son:
- Libro Diario: registra todas las operaciones cronológicamente.
- Libro de Inventario y Cuentas Anuales: incluye balances, resultados y otros documentos clave.
- Cuentas Anuales: Balance de situación, Cuenta de pérdidas y ganancias, Memoria, Estado de cambios en el patrimonio neto y Estado de flujos de efectivo.
- Libros auxiliares: como los de facturas o el mayor, aunque no son obligatorios, ayudan a estructurar y comprobar la información.
Estos documentos deben estar legalizados en el Registro Mercantil y conservarse durante al menos 6 años desde su aprobación.
Una buena práctica es utilizar software de contabilidad certificado que permita exportar los informes para validar los ajustes y la base imponible.
Declaraciones informativas complementarias
La presentación del Modelo 200 no es el único trámite que debe cumplirse. Existen otros formularios informativos esenciales:
- Modelo 202: se refiere a los pagos fraccionados del IS. Obligatorio si se superan los 6 millones de euros de cifra de negocio. Se presenta en abril, octubre y diciembre.
- Modelo 232: recoge operaciones vinculadas y transacciones con paraísos fiscales. Su incumplimiento puede acarrear importantes sanciones.
- Modelo 220: para grupos fiscales en régimen de consolidación. Se presenta conjuntamente por la sociedad dominante.
No cumplir con estas obligaciones accesorias puede tener consecuencias equivalentes a no presentar el impuesto principal.
Modelo de declaración del Impuesto de Sociedades
El Modelo 200 es la declaración principal. Debe presentarse de forma telemática con certificado digital desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Este modelo incluye:
- Resultados contables.
- Ajustes extracontables (gastos no deducibles, ingresos exentos…).
- Compensaciones de ejercicios anteriores.
- Aplicación de bonificaciones y deducciones (por I+D, creación de empleo, inversión en Canarias…).
- Determinación de la cuota íntegra, líquida y a ingresar.
Dado su nivel de complejidad, es muy recomendable contar con apoyo experto para su cumplimentación.
Consecuencias de no presentar el Impuesto de Sociedades a tiempo
Sanciones económicas
La presentación fuera de plazo o el incumplimiento total conlleva recargos y sanciones automáticas:
- Si se presenta voluntariamente fuera de plazo, se aplica un recargo del 1%, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso.
- Si hay requerimiento previo de Hacienda, se imponen sanciones fijas y proporcionales:
- De 150 € a 1.500 € por falta formal.
- Hasta un 150% de la cuota no ingresada, si hay dolo o infracción grave.
La reincidencia o falsedad documental agrava las sanciones.
Intereses de demora
Además de la sanción, la empresa deberá pagar intereses de demora, que actualmente rondan el 4% anual. Estos intereses se aplican sobre la cantidad no ingresada desde que debió pagarse hasta el momento efectivo del ingreso.
Aunque presentes la declaración sin requerimiento, Hacienda no perdona estos intereses.
Posibles inspecciones fiscales
La falta de presentación puede activar procedimientos de inspección. Hacienda prioriza a empresas con declaraciones omitidas o incoherentes (por ejemplo, ingresos en modelo 303 pero no en IS).
Una inspección puede derivar en requerimientos masivos, limitaciones a deducciones o cierre de registros fiscales.
Consejos para cumplir con los plazos y requisitos
Cumplir correctamente con el Impuesto de Sociedades implica más que presentar un modelo a tiempo. Requiere una combinación de buena contabilidad, planificación fiscal y asesoramiento especializado. A continuación, se destacan tres claves para evitar errores y optimizar el proceso.
Llevar una contabilidad rigurosa
Una contabilidad clara y ordenada no solo permite cumplir con la normativa, sino que ayuda a detectar deducciones, prevenir errores y justificar ajustes ante Hacienda si fuera necesario.
Recomendaciones esenciales:
- Conciliación bancaria periódica: verifica que los movimientos en cuentas coincidan con la contabilidad.
- Revisión de gastos deducibles: asegúrate de que están correctamente registrados y justificados (dietas, suministros, etc.).
- Amortización controlada: aplica correctamente los coeficientes fiscales sobre activos como maquinaria o vehículos.
- Documentación de operaciones vinculadas: si hay préstamos entre socios, facturación a empresas del grupo o cesiones, conviene tener contratos y justificantes.
Una contabilidad bien llevada facilita no solo la presentación del IS, sino también la toma de decisiones financieras durante el año.
Planificar la presentación con antelación
Uno de los errores más comunes es dejar la presentación para los últimos días de julio (o el periodo correspondiente). Esto puede derivar en prisas, errores o incluso sanciones por problemas técnicos.
Buenas prácticas:
- Cierre contable temprano: tener los libros cerrados en abril (si el ejercicio cierra en diciembre) da margen para preparar todo.
- Simulaciones previas: permiten prever el impacto fiscal, anticipar pagos y valorar deducciones aplicables.
- Coordinación con asesoría: cuanto antes se trasladen los datos al equipo fiscal, mejor será la calidad y precisión del modelo.
Una planificación eficaz evita sorpresas, colapsos y errores de última hora.
Contar con asesoramiento profesional
Aunque una pyme puede presentar el impuesto por su cuenta, contar con profesionales marca la diferencia, especialmente cuando:
- Hay deducciones o bonificaciones que requieren documentación técnica.
- Existen pérdidas a compensar, cuyo cálculo debe hacerse con precisión.
- Se dan operaciones vinculadas o estructuras empresariales no estándar.
- Se han hecho inversiones, ampliaciones de capital o fusiones.
En Mazvel, ayudamos a empresas a presentar el IS de forma correcta y a aprovechar al máximo los beneficios fiscales disponibles, minimizando riesgos ante la AEAT.
Algunas preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sociedades
FAQ ¿Qué es el Impuesto de Sociedades?
Es el tributo que grava los beneficios obtenidos por las sociedades mercantiles y entidades con personalidad jurídica propia en España. Se calcula sobre el resultado contable ajustado fiscalmente.
FAQ ¿Cuándo se presenta el Impuesto de Sociedades?
Dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Para la mayoría de empresas, del 1 al 25 de julio.
FAQ ¿Qué modelo se utiliza para su declaración?
El Modelo 200, obligatorio para todas las entidades obligadas al impuesto, de presentación exclusivamente electrónica.
FAQ ¿Se puede deducir alguna cantidad en el IS?
Sí. Existen deducciones fiscales por creación de empleo, inversiones en I+D+i, reinversión de beneficios extraordinarios, aportaciones a fondos propios, y más.
FAQ ¿Qué ocurre si no se presenta el impuesto?
La Agencia Tributaria puede imponer sanciones económicas, exigir intereses de demora y abrir una inspección para determinar la cuota defraudada.
Conclusión
El Impuesto de Sociedades es una obligación fiscal fundamental que requiere organización, conocimiento y estrategia. Llevar la contabilidad al día, conocer los plazos y contar con asesoramiento profesional son factores clave para cumplir correctamente con la normativa y aprovechar al máximo las ventajas fiscales disponibles.